Nuestra firma legal se especializa en atender asuntos derivados del ámbito de competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor, conocida como Profeco. Dentro de nuestros servicios, ofrecemos representación en procedimientos administrativos, tales como la interposición de quejas, comparecencia en audiencias, formulación de informes y respectivos extractos, así como la elaboración de proyectos de convenio.
Nuestro equipo de abogados expertos en derecho del consumidor se encargará de representarte en dichos procedimientos, velando por la protección de tus intereses en cada etapa del proceso. Estamos comprometidos en brindarte el apoyo legal necesario para garantizar que se respeten tus derechos como consumidor.
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En el contexto de la PROFECO (Procuraduría Federal del Consumidor) de México, el término “reincidencia” tiene un significado jurídico-administrativo específico.
Definición general:
La reincidencia ocurre cuando un proveedor o empresa vuelve a cometer una infracción a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) o a las disposiciones que de ella derivan, después de haber sido sancionado por una infracción anterior similar.
El Artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) establece:
“Se considera reincidente al proveedor que, habiendo sido sancionado por la comisión de una infracción a esta ley, incurra nuevamente en la misma infracción.”
Cuando PROFECO determina que hay reincidencia:
Las multas aumentan considerablemente.
La ley permite elevar el monto de la sanción hasta el doble de la originalmente impuesta.
Puede afectar la reputación comercial del proveedor.
En casos graves o repetitivos, PROFECO puede imponer medidas adicionales, como clausuras temporales o suspensiones de actividades comerciales.
Supón que una tienda fue sancionada por:
No respetar precios exhibidos al consumidor.
Si después de ser multada vuelve a cometer la misma falta, PROFECO puede considerarla reincidente y aplicar una multa más alta que la primera vez.